Alivio económico para mejorar los edificios.

 Hace poco te decía que el grifo de las ayudas se cerraba…de momento.

Pues bien, no se ha hecho esperar mucho una nueva iniciativa que empieza a abrir ese grifo. Interesante para comunidades de propietarios de pisos preocupadas por mejorar y actualizar su edificio (residencial de vivienda colectiva).

Las obras para mejorar la accesibilidad, la conservación y la eficiencia energética son las que pueden ser subvencionadas.

Se trata de una Orden de la Consejería de fomento y vivienda de la Junta de Andalucía publicada el viernes pasado, día 29 de Julio. En ella se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas al fomento de la rehabilitación edificatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Aunque puedes consultar directamente la publicación del BOJA, para que sopeses si tu comunidad de propietarios puede ser candidata a recibir estas ayudas, aquí te doy…

Las claves principales de estas bases:

  1. El dinero lo dispone la administración general del estado. La Junta fiscaliza el trámite y cursa la petición.
  2. Es necesario con carácter previo a la solicitud de la ayuda, tener redactado el informe de evaluación del edificio (IEE) y el proyecto de las obras. Los honorarios de estos trabajos técnicos también se incluyen en el importe a subvencionar.
  3. Qué tipo de obras se subvencionan:
    • Conservación: para subsanar problemas de cimentación, estructura o instalaciones según el IEE.
    • Mejora de calidad y sostenibilidad: para aumentar el aislamiento térmico en fachadas, huecos y cubiertas; instalaciones de refrigeración, calefacción, agua caliente o ventilación…introducción de energías renovables, sistemas de reducción del consumo eléctrico y de agua, de reducción y separación de residuos…
    • Mejora de accesibilidad: instalación o reforma de ascensores, salva-escaleras, rampas, señalización de escaleras, video-porteros… 
  4. Quién puede solicitar la subvención y requisitos que debe cumplir:
    • Comunidades de propietarios, mediante acuerdo legal y compromiso de sus  miembros.
    • Los miembros, en su conjunto, deben cumplir un umbral de renta máximo, referenciado al IPREM.
  5. Condiciones que debe cumplir el edificio:
    • No incurrir en irregularidad urbanística.
    • Construido antes de 1.981
    • Viabilidad técnica de las obras
    • Residencial en porcentaje superior al 70% de su superficie.
    • Al menos 70% de viviendas ocupadas.
    • Contar con el Informe de evaluación del edificio (IEE)
    • Contar preferiblemente con al menos 8 viviendas.
  6.  Cuantías de las subvenciones:
    • En general, el porcentaje máximo de la ayuda será del 35% del coste, aunque para el capítulo de mejora de la accesibilidad puede alcanzar el 50%.
    • Importes máximos de 11.000,00€ por vivienda y por cada 100m2 de local.
    • Los edificios catalogados como BIC (bien de interés cultural) pueden ver incrementada la ayuda en un 10%.
  7. A quién se dirige la solicitud: al titular de la Delegación territorial de fomento y vivienda de la provincia donde se ubique el edificio.
  8. Dónde se presenta la solicitud: en el registro electrónico de la administración de la junta de Andalucía.

Si vuestra comunidad de propietarios y vuestro edificio cumplen con estos requisitos y tenéis el interés o la necesidad de actualizar y mejorar el inmueble, no dejéis pasar esta oportunidad de solicitar estas ayudas antes de iniciar las obras porque pueden suponer un alivio económico importante.

Tengo algún que otro cliente con obras de este tipo en mente. Para ellos, esta nueva posibilidad de subvencionarlas puede ser el factor definitivo que les anime a acometerlas. Hay personas con problemas de primera necesidad, como es el caso de la falta de accesos adaptados desde el exterior hasta sus viviendas, que esperan como agua de mayo una solución definitiva en forma de obra.

Por otro lado, si se hace un estudio profesional y exhaustivo de cada caso (a través del IEE) se pueden aportar soluciones (a través del proyecto) que, además, supongan un ahorro económico considerable para los propietarios en sus facturas de consumo energético, amortizando la inversión no subvencionada a medio plazo y generando ahorros netos a largo plazo.

análisis profesional del edificio

Ponte en marcha si es vuestro caso o comparte esta información con personas que te importen, porque puedes hacerles un favor…como siempre, sigo a tu disposición.

Saludos cordiales.

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